Orden APM/206/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c para su uso como combustible en buques deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/206/2018, de 22 de febrero, por la que se establecen los criterios par ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE El Orden Ministerial 206/2018 establece los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c deja de ser considerado residuo, según la Ley 22/2011.
2. CONTEXTO La Directiva 2008/98/CE sobre residuos y su transposición en España mediante la Ley 22/2011 introduce un procedimiento para definir criterios que permitan considerar como no residuos ciertos flujos de residuos valorizados. La Ley 22/2011 permite a los Estados miembros establecer criterios específicos mediante orden ministerial, siempre que se respeten principios como la precaución y la prevención. El Orden Ministerial 206/2018 se enmarca en este marco legal, estableciendo criterios para el fuel recuperado de residuos MARPOL tipo c.
3. CONTENIDO JURÍDICO El Orden Ministerial 206/2018, de 22 de febrero de 2018, establece los criterios para determinar cuándo el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo c deja de ser considerado residuo, según la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Este orden se basa en la Directiva 2008/98/CE, que permite a los Estados miembros establecer criterios específicos para residuos valorizados, siempre que se respeten principios como la precaución y la prevención.
El artículo 5 de la Ley 22/2011 establece que los Estados miembros pueden fijar criterios específicos para residuos sometidos a operaciones de valorización, incluido el reciclado, para que dejen de considerarse como residuos. Estos criterios deben tener en cuenta el estudio previo de la Comisión de coordinación en materia de residuos, la jurisprudencia aplicable, los principios de precaución y prevención, los impactos nocivos del material resultante y, si es necesario, valores límite para sustancias contaminantes.
El Orden Ministerial 206/2018 establece que el fuel recuperado deja de ser considerado residuo si cumple con los siguientes requisitos:
Además, el productor debe firmar una declaración certificando que la información proporcionada es completa y correcta. Estos requisitos se establecen en el Anexo I de la Orden Ministerial, que detalla los datos que debe incluir el productor del fuel recuperado, como nombre, dirección, contacto, número de registro, y otros datos técnicos y legales.
El objetivo de este orden es facilitar la valorización de residuos MARPOL tipo c, permitiendo su uso como combustible en buques, siempre que se cumplan los criterios establecidos, con el fin de promover la economía circular y reducir la generación de residuos.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE El Orden Ministerial 206/2018 establece criterios para determinar cuándo el fuel recuperado deja de ser residuo. Estos criterios se basan en la Ley 22/2011 y la Directiva 2008/98/CE. El objetivo es permitir su uso como combustible en buques, siempre que se cumplan requisitos técnicos y legales.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Establece criterios para dejar de considerar como residuo el fuel recuperado. ⚠️ Requiere cumplimiento de requisitos técnicos y legales para su uso como combustible. 📋 Incluye un Anexo con datos específicos que debe proporcionar el productor. ℹ️ Se basa en la Directiva 2008/98/CE y la Ley 22/2011.
6. FICHA
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden APM/206/2018, la normativa estatal, transponiendo la Directiva Marco de Residuos de la UE, ya contemplaba la posibilidad de que ciertos residuos dejaran de ser considerados como tales tras un proceso de valorización, siempre que cumplieran requisitos técnicos y de seguridad ambiental. Esta orden ministerial específica establece los criterios para el fuel recuperado del tratamiento de residuos MARPOL tipo c, un avance que no se ha replicado de forma idéntica en todas las Comunidades Autónomas, manteniendo la potestad estatal para definir estos "fin de residuo". La importancia para el ciudadano radica en la posibilidad de que un subproducto de la gestión de residuos marítimos pueda ser reutilizado como combustible, optimizando recursos y potencialmente reduciendo costes, siempre bajo estrictas garantías de no perjuicio ambiental ni para la salud. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────