ARRETE11 janvier 2024
Arrêté du 22 décembre 2023 modifiant l'arrêté du 29 janvier 2021 relatif à la liste des denrées ou catégories de denrées alimentaires pour lesquelles, par dérogation, l'encadrement des promotions en volume prévu par les dispositions du C du II de l'article 125 de la loi n° 2020-1525 du 7 décembre 2020 d'accélération et de simplification de l'action publique n'est pas applicable
▸FICHA DE IDENTIFICACIÓN FR / JORF / Ministerio de Economía, Finanzas y Soberanía Industrial y Digital / Arrêté (Decreto administrativo) / 22 de diciembre de 2023 / Arrêté du 22 décembre 2023 / Francé…
FICHA DE IDENTIFICACIÓN
FR / JORF / Ministerio de Economía, Finanzas y Soberanía Industrial y Digital / Arrêté (Decreto administrativo) / 22 de diciembre de 2023 / Arrêté du 22 décembre 2023 / Francés / Derecho comercial, relaciones comerciales, derecho de consumo, promociones de alimentos / Nacional (Francia) / MEDIA
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¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?
Prorroga hasta el 15 de abril de 2026 la vigencia de las excepciones a las limitaciones de promociones en volumen (ofertas tipo «compra 3 paga 2») para determinadas categorías de alimentos en Francia. En la práctica, actualiza las fechas de aplicación de un decreto anterior para que se alinee con la nueva normativa que extendió estas restricciones.
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CONTEXTO
La Ley francesa de 7 de diciembre de 2020 (Ley ASAP) introdujo limitaciones estrictas a las "promociones en volumen" en alimentos, destinadas a equilibrar el poder de negociación entre proveedores y distribuidores, evitando presiones comerciales abusivas. Sin embargo, se permitieron excepciones para ciertos productos considerados de interés estratégico. La Ley de 30 de marzo de 2023 amplió la duración de estas restricciones hasta abril de 2026, por lo que los decretos anteriores debían ser actualizados técnicamente. Este decreto cumple esa función administrativa.
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LO QUE DICE EL DOCUMENTO
El arrêté realiza una única modificación material: en el artículo 2 del Arrêté de 29 de enero de 2021, sustituye la referencia a «2023» por «2026». Con este cambio técnico, prorroga hasta el 15 de abril de 2026 el régimen de excepciones para las categorías de alimentos (*denrées alimentaires*) listadas en el anterior decreto, que quedan excluidas del encuadramiento de promociones en volumen regulado en el artículo 125 C II de la Ley ASAP de 7 de diciembre de 2020, modificada a su vez por la Ley de 30 de marzo de 2023.
Los públicos afectados son expresamente: productores, proveedores y distribuidores de alimentos que operan con estas categorías excepcionadas. El decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Journal officiel de la République française* (JORF), es decir, inmediatamente tras su aparición en el boletín oficial francés.
La estructura material del régimen de excepciones se mantiene sin cambios (*à périmètre constant*); únicamente se extiende su aplicación temporal. Las categorías específicas de alimentos que se benefician de la excepción permanecen idénticas a las del decreto de 2021, por lo que no hay modificaciones en la lista de productos protegidos.
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CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES
Francia ha dicho: «Las excepciones a las restricciones de promociones de alimentos que permitimos en 2021 siguen siendo válidas, pero ahora hasta abril de 2026 en lugar de hasta 2023». Es una prórroga administrativa que deja el sistema igual, solo más tiempo.
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¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?
✅ Previsibilidad comercial extendida: productores y distribuidores de categorías excepcionadas pueden planificar estrategias de promoción en volumen hasta abril de 2026 sin cambios normativos inmediatos.
⚠️ Fecha de transición próxima: a partir del 16 de abril de 2026, si no hay nueva prórroga, todas las excepciones expiran y rigen plenamente las limitaciones generales del artículo 125 ASAP; conviene monitorizar legislación francesa a partir de Q1 2026.
📋 Aplicabilidad territorial: estas normas francesas solo vinculan operaciones en territorio francés; empresas españolas distribuidoras en Francia o con proveedores franceses deben cumplir estas limitaciones, pero en España no rige este régimen restrictivo.
ℹ️ Categorías intactas: el decreto no modifica qué alimentos están excepcionados, mantiene la lista completa del 2021; el efecto es puramente temporal, no material.
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